La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga al Estado a aplicar dos artículos de la ley de financiamiento universitario
La Corte Suprema de Justicia rechazó la apelación presentada por el Poder Ejecutivo y dejó firme la medida cautelar que ordena al Estado Nacional cumplir con dos artículos de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario.
El máximo tribunal consideró que no existe una sentencia definitiva sobre el caso, por lo que mantuvo vigente, de manera provisoria, la disposición judicial que exige la actualización de los salarios de docentes y no docentes universitarios, así como la recomposición de los programas destinados a los estudiantes.
El pasado 10 de junio de 2026, el Gobierno nacional había suscripto un acuerdo mediante el cual se comprometió a transferir los fondos necesarios para otorgar un incremento del 24,33% en la masa salarial, aumentar un 20% las partidas destinadas a gastos de funcionamiento y elevar a $50.000.000.000 el financiamiento para hospitales universitarios.
Si bien las mejoras presupuestarias ya habían sido acordadas, la decisión de la Corte es interpretada como un respaldo a la vigencia de la Ley de Financiamiento Universitario y a la continuidad de las medidas previstas en esa normativa.
La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Según se desprende del fallo, la Corte desestimó la presentación del Gobierno y ratificó la vigencia de la medida cautelar dictada por la instancia anterior.
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