Histórico fallo: la ART deberá indemnizar con una cifra millonaria a un trabajador que sufrió un infarto en su fábrica

LA LOCOMOTORA 29/07/2026
Histórico fallo: la ART deberá indemnizar con una cifra millonaria a un trabajador que sufrió un infarto en su fábrica - imagen destacada

La Justicia ordenó a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) pagar una indemnización superior a los $351 millones a César Fernández, un trabajador de la empresa Albano Cozzuol S.A. que sufrió un infarto mientras cumplía su jornada laboral y, según determinó el Tribunal, no recibió la asistencia médica necesaria, lo que agravó de manera irreversible su estado de salud.

 

El caso fue impulsado por el abogado platense Matías Martínez, quien logró que el Tribunal de Trabajo N° 3 de La Plata calificara el episodio cardíaco como un accidente de trabajo “por ocasión”, un criterio que podría sentar un importante precedente para futuros reclamos.

 

“César ingresó a trabajar el 24 de noviembre de 2021 y, apenas 15 minutos después de iniciar su jornada, comenzó con un fuerte dolor en el pecho y una intensa transpiración. Se dirigió a la enfermería, pero no había enfermero porque estaba de vacaciones y la empresa no había dispuesto un reemplazo”, explicó Martínez.

 

Según relató el abogado, el trabajador solicitó que llamaran una ambulancia, pero desde la empresa consideraron que no era necesario. “Pidió un vaso de agua y tuvo que esperar 20 minutos, hasta que finalmente lo enviaron en un remis al sanatorio”. Durante el traslado sufrió una muerte súbita y una hipoxia. Lograron reanimarlo, pero “quedó con cuadriparesia, hidrocefalia, se alimenta mediante una bomba gástrica y hoy ni siquiera reconoce a sus hijos”, señaló.

 

Martínez indicó que la familia había consultado previamente a otros profesionales, quienes consideraban inviable el reclamo porque la jurisprudencia exigía demostrar que el trabajo había sido la causa directa del infarto. Sin embargo, sostuvo que el eje del caso no debía centrarse en el origen del episodio cardíaco, sino en la falta de asistencia. “Este conjunto de desatenciones no podía ser omitido por el derecho. El tribunal puso el foco en la conducta de la empleadora durante la emergencia y entendió que fue esa falta de respuesta la que agravó las consecuencias que hoy presenta César”, afirmó.

 

Durante el juicio, la perito médica designada concluyó que, de haber recibido atención inmediata en la enfermería o haber sido trasladado en una ambulancia equipada y con personal capacitado, el trabajador no habría sufrido las graves secuelas neurológicas que padece en la actualidad.

 

Para el abogado, la sentencia constituye “un fallo histórico” porque reconoce que la omisión de brindar asistencia oportuna durante la jornada laboral puede convertir un episodio de salud en un accidente de trabajo, abriendo un nuevo criterio para casos similares.

Matías Martínez - Abogado

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