Causa Dique Vulpiani: Una jueza fijó honorarios millonarios

PRIMERA FUENTE 13/03/2026
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La Jueza Civil Cyntia Fernández Paz fijó una cifra de aproximadamente mil millones para los abogados que patrocinaron en una primera instancia a los asambleístas.

 

Fiscalía de Estado realizó la apelación ante la Cámara Civil por considerar excesivo el monto establecido que no respeta lo que fija el Superior Tribunal para los casos en los que no existe un valor determinado en la demanda.

 

Si bien en mayo del 2025 la Jueza había establecido un pago de 45 JUS (unidad de medida arancelaria utilizada para calcular los honorarios profesionales de abogados y procuradores), pero esta medida fue apelada por los abogados Gustavo Quiroga e Ivana Muzevich.

 

En el nuevo dictamen emitido el 2 de marzo, la Jueza estableció que el monto del proceso debía duplicar el valor que tenia prevista la obra que era de mil ochocientos millones, por lo cual paso a trescientos mil seiscientos millones. Por lo cual se fijo el monto de proceso en 93000 JUS.

 

“2).- REGULAR* los honorarios profesionales de la Dr. QUIROGA Gustavo Alfredo Art. 6 en un 20% del monto del proceso, según el valor del _ius_ al momento de presentar la liquidación, ese resultado deberá ser dividido en dos, atento que los profesiones intervinientes solo han cumplido la primera etapa del proceso ordinario art. 43, a dicho resultado deberá adicionarse lo previsto por el art. 8 en un 50% de la regulación que correspondiere al abogado. Dra. MUZEVICH Ivana Romina Art. 6 en un 20% del monto del proceso, según el valor del _ius_ al momento de presentar la liquidación, ese resultado deberá ser dividido en dos, atento que los profesiones intervinientes solo han cumplido la primera etapa del proceso ordinario art. 43, a dicho resultado deberá adicionarse lo previsto por el art. 8 en un 50% de la regulación que correspondiere al abogado.

 

A su vez, a dicha suma no deberá adicionarle el 21% en concepto de impuesto al valor agregado atento su carácter de monotributista (Art. 9 de la Ley de Honorarios), situación que será controlada por Secretaría. Aprobada la liquidación, se intimará al pago para que en el plazo de *DIEZ DÍAS* abonen los honorarios. En caso de incumplimiento se le aplicará como interés moratorio la tasa activa que establece el Banco Nación de República Argentina desde la fecha de constitución en mora hasta su efectivo pago (Art. 54 Ley IV-0910- 2014)” establece el dictamen.

 

El Dr. Rafael Berruezo, Fiscal de Estado Adjutor, habló en Radio Universidad.

Rafael Berruezo - Fiscal de Estado Adjutor

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